viernes, 6 de septiembre de 2013

Demandarán reglamento al hábeas data -1377 de junio de 2013.




5 de septiembre

©El Espectador.com/01de agosto 203

José Alejandro Bermúdez, Superintendente Delegado para la Protección de Datos Personales, responde dudas de los lectores de El Espectador.
Qué debo saber sobre la ley de Habeas Data
                                                                                                                                                           
 
©Urnadecrital.gov.co/06 de agosto 203

Protección del uso de la base datos personales:


La protección de datos de los ciudadanos está contemplada incluso en la Constitución Política de Colombia, no es algo nuevo. Con la aparición de internet y la masificación del uso de correo electrónico la protección de datos de los ciudadanos se hizo más vulnerable. Por eso se sancionó la ley 1581 en el 2012, pero recién se reglamentó a través del Decreto 1377 de 2013.
 
Protección de datos
 
 
¿Has recibido llamadas de ofrecimiento de productos de empresas a las que no les suministraste tus datos? ¿Recibes correos electrónicos de empresas a las que nunca se lo diste? Para evitar estos inconvenientes, la vulneración de tus derechos y el mal manejo de tus datos, se crearon normas que te protegen.
 
El derecho de Habeas Data lo tienen todos los ciudadanos. Habla de conocer, actualizar y rectificar la información que se haya recogido sobre ella en archivos y bases de datos de naturaleza pública o privada.
 
Este derecho no es nuevo, solo que internet de alguna manera facilitó la ruptura de ese derecho, abriendo el panorama de acceso a los datos públicos y privados. Por eso esta reglamentación contempla sanciones al mal uso y acceso abusivo a los datos personales.
 
¿Qué dice la norma?
 
·       * La recolección de datos debe limitarse a aquellos datos que son pertinentes y adecuados para la finalidad para la cual son recolectados o requeridos, conforme a la normatividad.
 
·       * El responsable del tratamiento de tus datos debe adoptar procedimientos para solicitar, a más tardar en el momento de la recolección de la información, la autorización tuya. Autorización del titular de los datos.
 
·        * Tienes derecho a conocer, actualizar y rectificar tus datos personales.
 
·         *Tienes derecho a solicitar pruebas de la autorización que le otorgaste a los responsables del tratamiento de tus datos.
 
·        * Debes ser informado por la empresa o el encargado del tratamiento de datos, sobre el uso que le ha dado a tus datos.
 
·         *Puedes presentar quejas ante la Supertintendencia(sic) de Industria y Comercio por las infracciones que consideres de acuerdo a la ley.
 
·         *Puedes revocar o solicitar que se eliminen o no se usen tus datos.
 
·         *Puedes acceder de forma gratuita a los datos personales que hayan sido objeto del tratamiento.
 
¿Qué sanciones contemplan las normas?
 
 
·        * Multas de carácter personal e institucional hasta por 2 mil SMLV al mal uso de tus datos.
 
·         *Suspensión de actividades relacionadas con el tratamiento de datos, hasta por 6 meses.
 
·         *Cierre de operaciones relacionadas con el tratamiento de datos.
 
·         *Cierre inmediato de operaciones que involucren el tratamiento de datos.
 
Quejas ante la SuperIndustria y Comercio
 
 
-En el 2010 se registraron un total de 1.030 quejas ante la SIC por tratamiento de datos personales.
 
-En el 2011 aumentaron a 1.742 las quejas por habeas data ante la SIC.
 
-En el 2012 llegaron 2.296 quejas a la SIC por el mal uso de los datos.
 
 
 
 

                                                                                                                                                      
©El Tiempo.com/03 de agosto 203

Demandarán reglamento al hábeas data

 

Expertos dicen que decreto para el uso de bases de datos es ilegal. Responde Superindustria.

En 23 días se vence el plazo para que las empresas que manejan bases de datos con información personal de los colombianos las puedan usar sin que medie autorización de sus titulares.
 
Siguiendo las instrucciones del decreto 1377 de junio de 2013, muchas publicaron anuncios de prensa y enviaron millones de correos electrónicos con el propósito de cumplir con el hábeas data (Ley 1581 de octubre de 2012) que protege este tipo de datos y exige que el dueño de los mismos autorice su uso.
 
Sin embargo, esa labor, que costó varios millones de pesos, podría quedar sin efecto si prosperan varias demandas que se cocinan contra el decreto del Gobierno.
 
“Ese decreto es contrario al espíritu de la ley, que dice que el ciudadano debe autorizar previa y no posteriormente el uso de sus datos. Además, la notificación por un aviso no es suficiente ni legal”, explicó Azael Carvajal, experto en derecho a la comunicación.
 
El periodista Javier Darío Restrepo fue más allá y anotó que se estaría incurriendo en un abuso de poder en el que las empresas buscan someter a la gente del común a esas reglas, so pena de retirarles sus servicios.
 
Tres puntos de discordia
 
“El ciudadano es dueño de sus datos y se los entrega a quien considere que le va a dar un beneficio. Pero pierde su autonomía y dignidad cuando lo presionan a que entregue su información”, dijo Restrepo.
 
Abogados que preparan demandas contra el decreto cuestionan tres puntos.
 
Dicen que es ilógico e ilegal que se dé por hecho que todos los que aparecen en una base de datos puedan ser notificados con un aviso de periódico o en la página web de la empresa que almacena la información. La ley de hábeas data habla de autorización expresa y directa del dueño de los datos.
 
También critican el plazo perentorio que se le dio a la gente –30 días– para que conteste si quiere permanecer en las bases de datos. De lo contrario, la empresa da por hecho la autorización.
 
Esa especie de silencio positivo, explican, tiene efecto solo frente a funcionarios públicos, pero no con los ciudadanos. Así las cosas, no hay tal autorización tácita.
 
De hecho, insisten en que debe mediar un “consentimiento previo, expreso e informado del titular”.
 
En respaldo de esas afirmaciones citan la propia ley de hábeas data y cuatro fallos de la Corte Constitucional, uno de febrero pasado.
 
En este, el entonces magistrado Alexei Julio Estrada puntualizó que el permiso para el uso de datos “debe ser expreso, previo, claro, escrito, concreto y libremente otorgado por el titular del dato (...)” para que sea usado.
 
De lo contrario, “se vulneraría el derecho a la autodeterminación informática porque no tendría control de la información personal, financiera y crediticia que circularía en las bases de datos públicas y privadas”.
 
Además, se violan los derechos a la intimidad y al buen nombre, que el Estado debe salvaguardar.
 
El Ministerio de las TIC se abstuvo de pronunciarse sobre la supuesta ilegalidad del decreto, argumentando que el seguimiento a su aplicación es competencia de la Superintendencia de Industria y Comercio.
 
‘El decreto es legal’
Al respecto, el superintendente delegado para Datos Personales, José Alejandro Bermúdez, calificó de legal el decreto, el cual, dijo, fue expedido a la luz la ley de hábeas data.
 
“Esta prevé un régimen de transición que le da facultades al Gobierno para reglamentar el tema y así se hizo”, explicó Bermúdez.
 
Y advirtió que, de no proceder en ese sentido y con los plazos impuestos, se hubiera producido un caos informático. Pero dijo que se pronunciará sobre la constitucionalidad del contenido del decreto cuando se presenten las primeras demandas.
 
Por lo pronto, aclaró que, en cualquier momento, un ciudadano puede pedir que lo borren de una base de datos y que habrá multas para la empresa que se niegue.
 
¿En qué va el proceso?

‘Ya no se puede avisar por la prensa’: Súper
El superintendente para Datos Personales, José A. Bermúdez, advirtió que la posibilidad de que las empresas avisaran a los abonados de sus bancos de datos por la prensa venció el 27 de julio, y ahora sólo lo podrán hacer de forma directa. Las multas son de hasta 2.000 salarios mensuales e incluso el cierre, si los datos son de etnia, religión, filiación política o sindical. La queja se pone primero ante el responsable de su manejo y si a los 15 días no responde, ante la Superintendencia de Industria y Comercio.
 
UNIDAD INVESTIGATIVA

Demandarán reglamento al hábeas data

 

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